Existen dos casos en los que se pueden registrar los vehículos, estos están ligados al año en que fue fabricado dicho coche o moto:
1. Los coches fabricados a partir del año 2008 deben ser registrados por el fabricante, el ensamblador o el concesionario que los vende, además también las instituciones de crédito que facilitan la venta de vehículos a la ciudadanía. Todos los coches que a partir de este año se comercializan en México ya deben contar con su respectiva inscripción.
2. Los vehículos anteriores al 2008 no están obligados a inscribirse, pero es recomendable que una vez que detectes que no tiene dicho registro acudas a las oficinas a realizarlo. De esta manera tu coche o moto estará protegido si llega a ser hurtado, ya que es un mecanismo bastante ágil para que las autoridades lo detecten cuando circula en algún lugar.