Hay dos casos en los que un automóvil o motocicleta pueden ser registrados ante el Registro Público Vehicular, a continuación listamos estos dos casos:
1. Cuando un vehículo es armado, fabricado o vendido en México a partir del año 2008, son las mismas exmpresas fabricantes o vendedoras las que se encargan de hacer dicho registro. También las empresas crediticias que venden coches pueden hacer el registro pertinente.
2. Los autos anteriores a dicho año no están obligados a hacer dicho registro, sin embargo es muy importante que acudas a la oficina de control vehicular de Morelos a hacerlo, así tendrás ésta herramienta a tu disponibilidad en caso de que tu coche o moto sea sustraído, o si quieres hacer algún negocio con él en el futuro.